Condenan a una ART por la exposición de un trabajador al asbesto

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén confirmó que una ART deberá pagar un resarcimiento millonario por la exposición de un trabajador al amianto/asbesto, informó Diario Judicial.

Enfermedad profesional

En el caso, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda iniciada por el trabajador (luego continuada por sus sucesores) condenando a una aseguradora a abonarles la suma de 7,2 millones de pesos más los intereses determinados.

El hombre trabajaba para Transportadora de Gas del Sur. Allí, según consta en la causa, desarrolló tareas expuestas a riesgos constantes y permanentes durante su permanencia en la empresa. La sentencia de grado consideró que estuvo expuesto a amianto/asbesto al desarrollar sus tareas “sin la protección adecuada y que como consecuencia de ello sufrió una patología neoplásica” que se encuadra como enfermedad profesional listada.

Asimismo, el juez sostuvo que la ART “no aportó al expediente documentación que demostrara la preexistencia de la afección del actor, ni que fuera controvertida la exposición del trabajador al agente de riesgo”.

El Norte

Tribunal de Alzada

Esta misma línea siguió el Tribunal de Alzada, detalló Diario Judicial. Coincidió que la exposición del trabajador al amianto/asbesto cuando desarrollaba sus tareas (y sin la protección adecuada) “guarda relación causal de la patología detectada – mesotilenoma pleural- y que por ello la aseguradora debe responder”.

Los camaristas explicaron que la aseguradora “no acreditó haber realizado oportunamente inspecciones y/o solicitado algún informe para evaluar la peligrosidad de la actividad que desarrollaba su asegurada, ni tampoco la de los materiales que empleaba a fin de evaluar correctamente los riesgos asumidos”. Advirtieron, además, que tampoco se probó la entrega de seguridad para que los dependientes de la empresa pudieran manipular el amianto.

El fallo completo se encuentra disponible aquí.

 

 

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