Tráileres y casas rodantes O1 deberán circular con una patente otorgada por la DNRPA

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A partir del 1° de abril, los tráileres y casas rodantes categoría O1 podrán circular únicamente con una placa de identificación metálica otorgada por la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA), una vez certificado y corroborado que son seguros para la circulación por la vía pública. Aquellos propietarios que trasladen este tipo de vehículos sin cumplir con este requisito podrán recibir las sanciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito. De esta manera, ya no estará permitido circular con la placa denominada como “Patente 101”.

La normativa vigente, contemplada en la Resolución N° 323/2019 de la DNRPA, comprende a acoplados, remolques, tráileres y casas rodantes de hasta 750 kilos. Son aquellos destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar remolcados por automotores particulares. Para realizar el trámite de patentamiento, la DNRPA requerirá a los propietarios un Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), emitido por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

Certificado

En este sentido, el CSV es un requisito obligatorio previo al trámite de patentamiento y se otorga luego de aprobarse un informe técnico. Este puede ser elaborado por los talleres de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de las jurisdicciones locales registrados en la ANSV y/o a través de un ingeniero matriculado con incumbencias en la materia.

Dicho informe determina las características técnicas que deben reunir este tipo de vehículos para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para una conducción segura dentro del territorio nacional. Una vez aprobado el informe técnico y emitido el CSV por parte de la ANSV, los propietarios de los vehículos categoría O1 podrán continuar el trámite ante la DNRPA para su inscripción y patentamiento.

Para más información sobre cómo patentar un tráiler o una casa rodante O1, ingresar aquí.

 

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