Normas para ajuste por inflación

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A través de una reciente circular, disponible en https://www.todoriesgo.com.ar/wp-content/uploads/2019/07/dynamiccontent.properties.pdf, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dio a conocer las consideraciones para la aplicación del ajuste por inflación que deberá exponerse en notas a partir de los estados contables al 30 de junio de 2019. Las mismas complementan la Resolución N° 118/2019 y la circular IF-2019-17698428-APN-SSN#SSN.

En su texto se detallan las definiciones específicas de los rubros de la industria que complementan la Resolución Técnica Nº 6, la Resolución N° 539/2018 y las guías de aplicación emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), las cuales pueden encontrarse en https://www.facpce.org.ar/ajuste-seccion.php#. El índice de aplicación se encuentra también en el mencionado link de FACPCE.

En las revelaciones sobre la reexpresión de los estados contables sobre los períodos de junio, septiembre y diciembre de 2019, y marzo de 2020, se exime a la entidad de presentar dicha información comparativa. Se determinó la opción de reexpresar desde la última fecha de reexpresión (año 2003) y no desde la fecha de origen de las partidas anteriores a la última reexpresión, en línea con lo expresado por FACPCE.