La Superintendencia explica el impacto de las medidas del BCRA sobre el seguro

1948

“Las medidas dictadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) el domingo 1º de septiembre que establecen parámetros en el mercado de cambio no implican una pesificación de términos y condiciones incluidos en contratos registrados en la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) con anterioridad a esa fecha”, afirmó el organismo de control en un comunicado.

En este sentido, la SSN detalló que:

– A los efectos del cumplimiento de obligaciones establecidas para personas humanas y jurídicas se respeta la moneda de los contratos.

– Las pólizas de seguros de vida, vida con capitalización y retiro nominadas en moneda extranjera se mantienen en la misma moneda. El acceso del asegurado a moneda extranjera para el pago del contrato de seguro continúa vigente.

– Los contratos de reaseguros no se encuentran afectados por las medidas dictadas por el BCRA. No hay ningún impedimento para el pago de primas de reaseguros al exterior en moneda extranjera, ni para el pago de siniestros por parte de reaseguradoras extranjeras.

– En virtud de las limitaciones impuestas en las medidas dictadas por el Banco, puede ser necesario solicitar autorización en el BCRA para la compra de las divisas.