Riesgos del trabajo: incrementan exigencias para los nuevos operadores

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Mediante la Resolución N° 626 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso que las entidades que inicien operaciones en el ramo riesgos del trabajo, al cierre de cada ejercicio o período deberán constituir (adicionalmente al resto de las exigencias) una reserva para los primeros cinco años desde el comienzo de su operatoria. Esta llevará como nombre Reserva por Juicios Futuros.

Cálculo

Asimismo, la reserva se calculara multiplicando el pasivo de referencia (fijado periódicamente por la SSN) por la cantidad de cápitas. Sobre el monto así determinado se destinará anualmente a la reserva los siguientes porcentajes:

Año de operatoria %
1 1
2 0,75
3 0,50
4 0,25
5 0,15

 

Consideraciones

La SSN tuvo en consideración para el dictado de la presente norma que sin perjuicio de la disminución de la litigiosidad que se registró en los últimos años en el régimen de riesgos del trabajo, observó respecto de las nuevas entidades que la maduración de la cartera de litigios se alcanza transcurridos cinco años desde su establecimiento en el mercado.

Por ello y a efectos de morigerar el impacto futuro de la litigiosidad originada en los primeros años de la operatoria, la superintendencia consideró necesario incorporar una reserva a constituir por las ART que inicien operaciones a partir de la fecha.

La resolución completa puede leerse y descargarse aquí.

 

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