SRT fija pautas para el Programa Nacional de Prevención por Rama de Actividad

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Por Resolución 46/2022, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), siguiendo las políticas tendientes a reducir los accidentes del trabajo, las enfermedades profesionales, mejorar las condiciones de salud y seguridad en el trabajo, y atendiendo a las necesidades específicas de cada tipo de industria, dispuso lo siguiente.

SRT

Programa Nacional de Prevención por Rama de Actividad

El Programa Nacional de Prevención por Rama de Actividad comprenderá todas las ramas de producción y servicios existentes y las que en el futuro surjan de los siguientes criterios de apertura:
a) Actividades de importancia o relevancia económica para el país y la región.
b) Aquellas que la Superintendencia de Riesgos del Trabajo considere relevantes.
Se resuelve además que, a los fines de la participación activa de los diferentes actores sociales, se propiciará la creación de Comisiones de Trabajo para cada actividad, cuya integración se conformará con representantes de cada una de las siguientes entidades: Superintendencia de Riesgos del Trabajo, gremios relacionados a la actividad, cámaras empresarias y las aseguradoras de riesgos del trabajo, empleador autoasegurado, ART Mutual o la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART), en representación del sector asegurador.