Aprueban “Pautas para la operación en el Ecosistema Prevención 4.0.”

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A través de la resolución 48/2025, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo estableció que empleadores, ART, ART mutuales y empleadores autoasegurados podrán dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en el sistema de riesgos del trabajo mediante la utilización de herramientas tecnológicas 4.0. que satisfagan las pautas establecidas en el anexo “Pautas para la operación en el Ecosistema Prevención 4.0.”.

Respecto de los alcances, desde el organismo señalaron que “las previsiones contenidas en la presente resolución serán de cumplimiento obligatorio para todo sujeto que opere dentro del Ecosistema Prevención 4.0. en el marco del sistema de riesgos del trabajo. Las obligaciones que no sean satisfechas mediante el empleo de ese tipo de tecnologías deberán ajustarse a las exigencias que en cada caso establece la normativa vigente”.

Prestadores de soluciones 4.0.

“En orden a garantizar la fiabilidad, seguridad y el estándar de funcionamiento del ecosistema, la implementación de tecnologías 4.0 en el ámbito del sistema de riesgos laborales deberá realizarse a través de proveedores de servicios que cuenten con las certificaciones correspondientes en función de los alcances y características de las prestaciones brindadas”, detallaron en la resolución.

La resolución completa con el anexo se puede leer y descargar aquí.

 

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