Cómo impacta la adhesión de la provincia de Buenos Aires a la Ley Complementaria de Riesgos del Trabajo

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Desde la vigencia de la Ley 27.348, aprobada en febrero de 2017, se evidenció una fuerte caída en la cantidad de juicios ingresados en la Ciudad de Buenos Aires (donde se aplicó automáticamente) y, en paralelo, un aumento más que potenciado en el crecimiento de los juicios ingresados en la provincia de Buenos Aires. Esta migración de juicios se fue dando por varios meses.

Las sostenidas caídas interanuales verificadas también en noviembre en la cantidad de juicios ingresados en Ciudad de Buenos Aires (-48%) y en Córdoba (-58%), jurisdicciones en las cuales la reforma funciona con más antelación, “fortalecen las buenas expectativas respecto del camino a seguir para contener la litigiosidad futura. Las buenas novedades en la Ciudad venían contrastando con el poderoso crecimiento que tuvo la judicialidad en provincia de Buenos Aires (69%). La adhesión de la provincia es un paso importante y una oportunidad para sumar a la provincia a la senda de la normalidad. También, como se viene señalando, será clave el rol del Poder Judicial en toda la puesta en marcha”, señaló la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

Otro tema importante señalado por esta cámara es el quehacer pericial. “Como se señaló, para los casos que conforme Baremo corresponden a cero incapacidad, en el ámbito judicial las pericias colocan en promedio 20 puntos de incapacidad, mientras que aquellos casos que conforme Baremo tienen alguna incapacidad, en promedio los peritos judiciales suman un adicional de 13 puntos de incapacidad. Considerando que el valor promedio del punto se encuentra en 24 mil pesos, a lo que deben sumarse las costas (del orden del 35%) y la tasa de interés (del orden del 36%), las cifras en danza muy rápidamente se transforman en astronómicas”, criticaron las aseguradoras.

“Los motivos favorecedores de esta situación anómala fueron abordados legislativamente por la Ley 27.348 complementaria al Sistema de Riesgos del Trabajo. Por un lado, instaurando como obligatoria la utilización de una única Tabla de Evaluación de Incapacidades y, por otro, determinando que sea el Cuerpo Médico Forense (CMF) el encargado de dictaminar y previendo que hasta que el mismo esté conformado la retribución de los peritos estará en función del trabajo realizado (a diferencia de lo que prevé la Ley aprobada en el Senado el pasado 29 de noviembre de 2017, en la que se estipula retribuir al perito en porcentaje del resultado del juicio/su pericia, ver artículo 21 de la Ley de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores y Auxiliares de la Justicia Nacional y Federal) y no del resultado del proceso. Así también se prevé el paso previo obligatorio por las Comisiones Médicas a fin de evaluar objetivamente el daño. La adhesión de la provincia también significa la adhesión a todo este esquema, incluyendo el ordenamiento pericial”, destacó la UART.