Condenaron a una asociación de bomberos voluntarios por un siniestro vial

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén condenó a la Asociación de Bomberos Voluntarios de los Sauces como responsable por el siniestro que protagonizó un bombero al ingresar al cuartel. Así se desprendió de los autos “M. D. D. c/ M. A. y otros s/ D. Y P. derivados del uso de automotores (con lesión o muerte)”, replicado por Diario Judicial.

Los hechos

El hecho fue causado por una autobomba sin patentar de la Asociación de Bomberos Voluntarios. El conductor actuaba en cumplimiento de su deber como bombero, según consta en la causa.

En la instancia de grado se determinó que el conductor del vehículo era el responsable del siniestro. Luego, en segunda instancia, se analizaron los hechos afirmados por el accionante en su demanda acerca del carácter del conductor de la autobomba –en cumplimiento de sus funciones de bombero- al momento del siniestro, lo que fue ratificado por el empleado.

Los jueces que integran la Sala II de la Alzada, Patricia Clerici y José Noacco, también consideraron lo informado por la firma Techniques & Supplies en orden a la adquisición del rodado.

Para los camaristas, “se encuentra suficientemente acreditada la calidad de guardián de la codemandada Asociación de Bomberos Voluntarios de Rincón de los Sauces”, Además, consideraron que la asociación se servía del rodado, un vehículo especial utilizado para fines específicos como lo es la atención de incendios. Según la opinión de los magistrados reproducida por Diario Judicial, su conductor “se encontraba desempeñando labores en su calidad de bombero de tal institución y el bien estaba siendo utilizado para actividades afines a su objeto”.

Condena

De este modo, el Tribunal estimó que la Asociación de Bomberos Voluntarios de Rincón de los Sauces “se encontraba en posesión del rodado en cuestión –artículo 2.412 del Código Civil-“. Esto “resulta suficiente para responsabilizarla por los daños provocados al actor como consecuencia del siniestro”.

Como conclusión, la sentencia destacó que “si bien su carácter de propietaria del vehículo no pudo probarse, en cambio sí se invocó y demostró la existencia de un contrato de provisión con la firma Technique & Supplies S.R.L. –metalúrgica especializada en la fabricación de autobombas y equipos contra incendio-, a partir del cual se le otorgó la posesión del mismo –como rodado cero kilómetro-”.

El fallo puede leerse y descargarse aquí.

 

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