Mediante la resolución 287/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Superintendencia de Seguros de la Nación determinó cambios en la valuación de los siniestros pendientes. Las diferencias resultantes con el nuevo método respecto del anterior se podrán amortizar en ocho trimestres. Esto rige para los balances que cierren al 30 de junio de 2025.
La resolución completa puede leerse aquí.
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