Otro fallo de la Corte Suprema frena la suba de una indemnización por accidente laboral

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La Corte Suprema de Justicia sigue emitiendo fallos sobre cuestiones relativas al fuero del trabajo. En esta oportunidad, y según da cuenta Diario Judicial, los ministros ratificaron por mayoría que los jueces laborales no pueden incrementar injustificadamente el importe de la indemnización por accidente de trabajo.

Los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz declararon procedente el recurso extraordinario y así dejaron sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que avalaba un incremento del importe de una indemnización por accidente laboral.

La causa se inició en los autos “C., M E. c/ P. S. A. y otros s/ despido” a raíz de la demanda interpuesta por la madre de un trabajador fallecido en un accidente laboral en 2005, quien reclamó la reparación prevista en la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557. El juez de primera instancia condenó a la ART al pago de una indemnización de 786.320 pesos, suma que calculó con arreglo a las pautas previstas en la LRT, según las modificaciones que le introdujo la ley 26.773 y el decreto 472/2012. Dicha sentencia fue confirmada por la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la cual entendió que “el valor del resarcimiento establecido (…) en la suma (…) a valores de agosto de 2005, resulta razonable y acorde con las circunstancias probadas en el juicio”. Contra ese pronunciamiento, la ART dedujo un recurso extraordinario con el argumento de que la ley 26.773 “no se encontraba vigente a la fecha del infortunio”, dado que fue sancionada y promulgada en octubre de 2012.

En sus fundamentos, el Máximo Tribunal consideró la Cámara del Trabajo no dio un “tratamiento adecuado a los agravios de la aseguradora debido a una incorrecta lectura del fallo sometido a revisión”, ya que los vocales sostuvieron que correspondía confirmar el monto de “la acción civil ejercida por la actora” cuando el reclamo admitido por el juez de grado estaba fundado en la LRT.

“Máxime cuando, en lo que aquí interesa, la apelación de la ART relativa a la aplicación de la ley 26.773 involucraba cuestiones que guardan analogía con las que esta Corte abordó en la causa ‘Espósito, Dardo Luis’”, concluyó el voto de mayoría. En tanto, el juez Horacio Rosatti votó a favor de la desestimación del recurso de la ART por considerarlo “inadmisible”.

Para leer el fallo completo, ingresar a http://ondaseguro.com.ar/docs/corte_fallo.pdf.