Riesgos del trabajo: la Corte anula un fallo que había multiplicado la indemnización e incluido a la ART

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La Corte Suprema de Justicia anuló un fallo de la Cámara Nacional del Trabajo que había multiplicado el monto de la demanda que un empleado que sufrió un accidente laboral le había reclamado a la empresa para la que se desempeñaba, según fuentes judiciales que replicaron www.baenegocios.com.

El Máximo Tribunal, por mayoría, cuestionó también que en la condena dictada por la Sala III de la Cámara en la demanda promovida por Sergio Hernán Fernández contra Unilever Argentina S.A. se incluyera a la aseguradora de riesgos de trabajo Asociart, que no había sido objeto del reclamo por daños y perjuicios.

La decisión que mandó devolver el expediente a la Cámara Nacional del Trabajo para que “se dicte un nuevo fallo”, fue firmada por Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, mientras que Horacio Rosatti votó en disidencia y Carlos Rosenkrantz no intervino.

Las demandadas habían presentado el recurso extraordinario porque consideraron que la resolución de segunda instancia del fuero laboral lesionaba el “principio de congruencia” y el derecho constitucional de defensa en juicio.

La mayoría de la Corte destacó que al fijar el monto indemnizatorio por el accidente que, en noviembre de 2006, produjo un 8% de incapacidad laboral al trabajador (lesión en el dedo índice de la mano derecha), la Sala III de la Cámara ordenó hacerlo con aplicación de intereses a pesar que la misma había sido calculada a “valores actuales” al momento del dictado de la sentencia (octubre de 2015).

Según la Corte, “surge claramente de autos que el Tribunal de alzada modificó los términos en que quedó trabada la litis pues, según se observa en el escrito de inicio, la actora no dedujo la demanda contra la aseguradora ni formuló reclamo alguno vinculado a ningún tipo de responsabilidad que pudiera corresponderle en el caso”.

La mayoría señaló que la Sala III de la Cámara laboral “se limitó a fijar dogmáticamente la indemnización sin proporcionar ningún tipo de fundamentación que justificara los valores que alcanzó”, al punto de “superar más de diez veces la cifra reclamada” por Fernández.