Resoluciones del 20 de septiembre: información abreviada en publicidades del mercado asegurador

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A continuación, Todo Riesgo informa las resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación publicadas en el Boletín Oficial:

– Disponen que la publicidad, promoción y/o difusión de los servicios que las aseguradoras, productores y agentes institorios efectúen a los asegurados y usuarios deberá incluir, en los medios gráficos, digitales (Internet), televisivos y/o cinematográficos, el servicio telefónico de la SSN (0-800-666-8400), la página web del organismo (www.argentina.gob.ar/ssn) y el número de inscripción en el Registro correspondiente de la SSN. El diseño del aviso deberá solicitarse por mail a relacionesinstitucionales@ssn.gob.ar. En el caso de los medios radiales (analógico o digital), en el que el cúmulo de información apareja serios inconvenientes, deberá incluirse el número de inscripción en el Registro correspondiente de la SSN y la referencia “Superintendencia de Seguros de la Nación”. Para leer la Resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/217026/20190920 (Resolución Nº 853).

– Inscriben a Cardif Servicios en el Registro de Agentes Institorios (Resolución Nº 844).