Resoluciones del 20 de agosto: cómputo de inversiones de aseguradoras

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A continuación, Todo Riesgo informa las resoluciones de la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y del Ministerio de Hacienda publicadas en el Boletín Oficial:

– Para las compañías que operen en seguros de retiro y planes de seguro que contemplen la constitución de reservas matemáticas y fondos de fluctuación o de excedentes con participación en las utilidades y/o participación en el riesgo de los activos que los componen o cualquier otro de similares características, establecen que solo serán computadas las inversiones en valores representativos de deuda emitidos por el fondo fiduciario público denominado “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo”. Esto tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019. Disponen que a los efectos del cumplimiento del artículo 6 de la Resolución Nº 515 del 31 de mayo pasado (disponible en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/208761/20190604), las aseguradoras deberán estar a lo dispuesto en lo mencionado anteriormente. Disponen que las inversiones realizadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución, que entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, continuarán siendo computables. Para leer la Resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/213708/20190820 (Resolución Nº Resolución 724 de la SSN).

– Aprueban el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2019 de Nación Seguros, de acuerdo con el detalle que figura en https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/213722/20190820. Estiman en 16.549.253.535 los ingresos de operación y fijan en 13.804.671.291 pesos los gastos de operación. Como consecuencia de ello, aprueban el resultado operativo (ganancia de operación) estimado en 2.744.582.244 pesos (Resolución Nº 681 del Ministerio de Hacienda).