Pequeñas empresas: caída de la siniestralidad, fuerte aumento de las demandas contra las ART

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Las demandas contra las ART provenientes de trabajadores de pequeñas empresas crecieron un 150% en los últimos seis años, a pesar de la caída de los accidentes y los fallecimientos, según informó la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART).

“El fenómeno de la judicialidad laboral en la Argentina presenta características peculiares y propias que no se verifican en otros países, ni siquiera con economías semejantes o complementarias. No sólo por el número enorme, sino también por su incesante y sostenido crecimiento”, sostuvo la Unión.

La entidad destacó que, desde la reforma al sistema de riesgos del trabajo realizada en 2012, la casi totalidad de los juicios que inician los trabajadores por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales dejaron de ir contra los empleadores para re-direccionarse contra las ART. Focalizando en las pequeñas empresas (definidas como aquellas de hasta de 50 trabajadores), de las 127 mil demandas ingresadas a las ART en 2016, 39.805 provinieron de trabajadores que se desempeñan en empresas de menos de 50 trabajadores. En 2010 se habían presentado 15.634 nuevos juicios provenientes de dicho sector.

“La tasa de judicialidad de las pequeñas empresas es un 18% superior al resto de las entidades y además el crecimiento de dicha tasa casi multiplica por dos a la del resto de las empresas. En efecto, en los últimos seis años, mientras la tasa de judicialidad creció un 150% para las empresas de menor porte, en las medianas y mayores aumentó algo más de la mitad, 86% (cifra enorme también, por cierto). Por cada 10 mil trabajadores cubiertos, en el segmento de las chicas, se originan 156 demandas al año, mientras que en el resto 132. Mirando la serie se observa que, entre 2010 y 2016, la tasa de litigiosidad creció de 62 a 154 juicios por cada 10 mil trabajadores cubiertos en las pequeñas, y que el número subió de 71 a 132 en el resto. En 2011 se presentó un ‘cruzamiento’ entre ambas curvas de tasas de litigiosidad”, informó la UART.

Por otro la lado, la Unión advirtió nuevamente “la contradicción de que a pesar de generarse menos accidentes y disminuir notablemente la cantidad de fallecidos, las demandas judiciales no dejan de aumentar. En el mismo sexenio, la tasa de accidentes en este segmento de empresas de hasta 50 trabajadores se redujo un 6,7% y los fallecimientos cayeron un 19,4%. Pero además se adiciona el agravante de que, en esos seis años, el segmento redujo un 10% su participación en la distribución del empleo formal: pasó de representar el 31,4% de los trabajadores en 2010 al 28,1% en 2016. Llama poderosamente la atención que este achicamiento relativo del sector se produjo en paralelo con el crecimiento de los juicios casi en igual proporción. Las demandas pasaron de representar el 29,8% en 2010, al 31,7% en 2016. Ante esta situación es preciso analizar el vínculo entre la creciente judicialidad y la destrucción de empleo en general y de empleo registrado en particular”.

Actualmente, el sistema de riesgos del trabajo registra 509 mil empresas de hasta 50 trabajadores (incluyendo a los empleadores de servicio doméstico), frente a 19.745 medianas y grandes. Este universo atomizado emplea al 96,3% de la fuerza laboral formal.

Para corregir la alta litigiosidad que afecta tanto al segmento más vulnerable, la UART entiende que “la nueva Ley Nº 27.348, impulsada por el Poder Ejecutivo con acuerdo de empresarios y sindicatos y aprobada con amplia mayoría también por la oposición, irá produciendo progresivamente una merma de los juicios por cuanto prevé corregir aspectos del proceso que lo hacen más rápido y transparente, entre ellos: un procedimiento administrativo previo en las Comisiones Médicas para evaluar las dolencias de las personas; la regulación de honorarios de los peritos en función del trabajo realizado, es decir, desacoplar esos honorarios del porcentaje que determinara la pericia; y la utilización de la Tabla de Evaluación de Incapacidades (Baremo) prevista en la Ley Nº 27.348, a fin de objetivar el porcentaje de incapacidad correspondiente a cada daño y que todos los que tengan la tarea de dirimir una controversia (en sede judicial o administrativa) utilicen la misma vara para todos los trabajadores”.

Para que estas recomendaciones entren en vigencia, las aseguradoras de riesgos del trabajo consideran necesario que “cada una de las provincias adhiera a la Ley Nacional. En Ciudad de Buenos Aires, por no tener justicia laboral propia aún, las modificaciones tienen absoluta vigencia. Córdoba ya adhirió, provincia de Buenos Aires tiene media sanción, y Mendoza está avanzando”. Además, la Justicia en sus diferentes instancias debería validar mediante sus fallos las previsiones de la ley que tienden a abordar las causas de fondo: “La disparidad de criterios jurisprudenciales que retroalimenta la conflictividad”.