Nuevo régimen de reservas de ART y política de cancelación de juicios

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La nueva resolución 41.155/2017 de la Superintendencia de Seguros de la Nación propone cambios en las reservas que las compañías deben tener por juicio para que éstas puedan cumplir con los compromisos asumidos. “El objetivo es promover la reducción de la litigiosidad e incentivar la cancelación de juicios para lograr un sistema solvente a largo plazo que garantice los derechos de los trabajadores y agilice el cobro de las prestaciones”, informaron desde el organismo de control.

En el caso de las Reservas Globales, el mínimo pasa de 137.800 pesos a 165.000 pesos por juicio siendo actualizable por la tasa activa del Banco Nación, conforme a la Ley Complementaria sobre Riesgos de Trabajo 27.348. Las compañías que con el nuevo esquema no alcancen el mínimo de reserva global por juicio tendrán hasta ocho trimestres para constituir el pasivo, a partir del cierre de balance marzo 2018.

Las reservas por caso, que protegen las posibles obligaciones que pudieran surgir de indemnizaciones y coberturas para los trabajadores accidentados, serán actualizables por tasa nominal activa del Banco Nación. Esto se aplicará para los accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que hayan ocurrido después del 5 de marzo de 2017 (en concordancia con la entrada en vigencia de la Ley 27.348).

Además, se liberará la totalidad de las Reservas de Contingencia y hasta un 70% de las Reservas IBNR e IBNER para que exclusivamente cancelen los juicios que actualmente están en cartera (el stock), sobre accidentes laborales o enfermedades profesionales sucedidas antes del 5 de marzo de 2017. Las compañías podrán utilizar dichas reservas exclusivamente para cancelar juicios hasta el 30 de junio de 2019.