Nuevas exigencias para las sociedades de productores asesores de seguros

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A través de la Resolución N° 1014, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dispuso la incorporación de las sociedades de productores asesores de seguros al sistema informático Beneficiario Final, bajo la órbita de la Gerencia de Prevención y Control del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Se establece así que las sociedades de productores asesores de seguros deberán informar al organismo de control, con carácter de declaración jurada, su estructura societaria y los sujetos que la componen, así como las personas humanas que ejercen el control real, de manera directa o indirecta, de las personas jurídicas (beneficiarios finales).

También se indica que las sociedades de productores asesores de seguros deberán designar un responsable de carga de datos, quien habrá de suministrar la información allí prevista de conformidad con el siguiente cronograma: a) por una única vez, en el plazo de treinta días desde la publicación de la presente; y b) con una periodicidad anual, entre los días 1 y 15 del mes de julio.

Para acceder a la Resolución completa, ingresar a https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/220865/20191107.