García Vilariño: “En riesgos del trabajo queda una judicialidad residual, que es muy importante”

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Antonio García Vilariño, socio titular del Estudio García Vilariño & Asociados.

Todo Riesgo dialogó con Antonio García Vilariño, socio de Contadores Auditores Amigo, Valentini & Cía.

Cerró el primer semestre de los balances que están en curso y que el 30 de junio cerrarán como anuales. Contanos cómo vienen los números.

En los ramos patrimoniales hay una tendencia hacia un crecimiento importante en primas, pero no se logra revertir el resultado técnico negativo. Con respecto a la amortización de las reservas de siniestros pendientes para automotores y responsabilidad civil (resolución 40.512 de la Superintendencia de Seguros de la Nación), hay una parte del mercado que no difirió, un tercio del mercado que difirió en cuatro trimestres y otra parte que difirió en ocho.

Se está absorbiendo la norma en varios trimestres.

Hay muchas compañías, más de un tercio del mercado (no las líderes, pero en gran parte son aseguradoras importantes), que están amortizando dos cuartos de esa primera etapa o dos octavos: eso impacta mucho. Más allá de eso, también impacta la aplicación del nuevo método para los casos nuevos. También advertimos que la Justicia está más operativa, que está funcionando mejor. Llegan sentencias de casos que tienen siete u ocho años y también llegan las de cuatro, con lo cual el impacto en la evaluación real frente a una sentencia con sus intereses y demás afecta fuertemente. Complementariamente también, el semestre muestra una menor renta de inversiones si la comparamos con el mismo semestre del año anterior. Esto es lo que estamos viendo.

De cara al segundo semestre (que ya estamos transcurriendo) del ejercicio 2017/2018, ¿crees que la tendencia va a continuar o creés que algo puede cambiar?

En patrimoniales, la estabilidad de la economía puede ayudar y mejorar los ingresos. Las pautas de las inversiones están estabilizadas, con lo cual no debería haber grandes diferencias entre un semestre y otro. Con relación a riesgos del trabajo, la adhesión de las provincias a la norma, por lo menos para lo nuevo, permitirá evitar una mayor judicialidad. Durante el lapso que la provincia de Buenos Aires no adhirió, gran cantidad de casos pasó de capital a provincia. Vamos a ver cómo es el impacto con la mayoría de las provincias adheridas. De todos modos, aún queda una judicialidad residual, que es muy importante.

Recientemente, el organismo de control dictó una norma que fija el alcance de las coberturas de responsabilidad civil. La resolución 65/18 es bastante extensa: ¿qué importancia tiene para el mercado y los asegurados?

En realidad, la norma está relacionada con el artículo 1710 y con el 1741 del Código Civil y Comercial de la Nación: el 1710 es el que establece la prevención y dice claramente que no debe ser objeto de cobertura. La Ley de Seguros, por su parte, señala que la obligatoriedad es prevenir y evitar que el siniestro se incremente.

¿Cuál sería un caso práctico de eso?

Evitar una situación dañosa. El artículo 1741 determina que hay nuevas personas facultadas para reclamar, que son las personas que conviven y la relación familiar es ostensible. La citada resolución estableció que esas personas ahora son las que no pueden reclamar a una compañía. Por supuesto que todo esto va a tener validación cuando entre en la Justicia porque sabemos que son exclusiones, cláusulas, y hay que ver cómo actuará la Justicia sobre todo con familias combinadas y teniendo en cuenta el contexto actual, que es muy complejo. Todavía no hay experiencia: en estos días yo estuve cotejando y no tengo casos de vigencia de las exclusiones o que se planteé una exclusión.

Uno de los grandes temas del seguro el año pasado fue el nuevo régimen de cobranzas de premios de seguros. ¿Cómo se está implementando ese régimen?

Considero que está trabajándose bien, que está dinámico. Las aseguradoras tienen sus controladores. Ustedes van a ver incrementos de las cobranzas. Creo que, evidentemente, hay un tema residual a resolver con algunas compañías por el perfil de los asegurados en el interior del país o por algunas características históricas que éstos tienen. Pero se trata de un tema ya casi superado. Lo veo muy normalizado.

O sea que ya se implementó.

Considero que queda muy poco por implementar en referencia a lo que es cobranza bancaria, cobranza con tarjeta, controladores, tarjetas, sistemas de cobranzas diversos. Creo que estamos muy aceitados. No veo complicaciones. Son casos muy puntuales los que pueden generar alguna inquietud.

¿Qué se puede comentar del mercado de reaseguros con los cambios que tuvimos? ¿Qué se está viendo?

Sabemos que en alguna medida hubo una concentración con experiencias que están en los procesos de planes de adecuación, con algunos casos que están en Superintendencia pidiendo su reconversión en aseguradoras o su absorción. Pero el mercado siguió bien atendido. No vimos muchos conflictos. Vimos alguna fusión por absorción entre dos entidades. Considero que se cubrieron las expectativas, no se generaron conflictos y el mercado sigue con buen acceso al reaseguro.

Siempre se dice que “los resultados técnicos son malos y que se cubren con el financiero”. “El financiero cubre el técnico”. Esta historia se viene repitiendo hace 20 años. Teniendo en cuenta que hace muchos años que estás en el mercado, ¿este problema se mantuvo o presenta diferencias en la actualidad respecto de años atrás?

Lo que sucede es que la información de la Superintendencia y de las entidades se perfeccionó. El gran problema es que la estructura técnica no absorbe todo el costo financiero porque cuando se paga la sentencia, se abona el capital más los intereses, más los adicionales, y esa parte no va a la estructura financiera. Entonces hay una distorsión. Lo que habría que ver exactamente, en un esquema que no tiene ajuste por inflación, es analizar realmente cuánto de ese resultado que tiene la estructura técnica es directamente financiero porque se emite con una prima razonable (de acuerdo con la resolución 32.080), se vende a un precio razonable y se imputa: esa prima es la que tiene que preservar el siniestro. Pero lo que tiene el reclamo que va a juicio es que genera costos que son superiores a los del siniestro en su momento de origen. Un capital asegurado tiene un límite, pero se convierte en una suma mucho mayor cuando se suman los costos financieros y los intereses. Todo esto va a la estructura técnica y es lo que la distorsiona. Lo que es técnico que sea técnico. Cuando hablamos del resultado técnico en el mundo, no hay ni esta inflación ni esta judicialidad. Estas variables son las que distorsionan cuando discutimos sobre los indicadores de solvencia o el capital basado en riesgo.