AALPS solicita mayores precisiones

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La Asociación Argentina de Liquidadores y Peritos de Seguros (AALPS) expresó que, si bien la actividad que representan fue una de las exceptuadas del cumplimiento del aislamiento en la Decisión Administrativa Nº 524, “es importante dejar en claro que la misma no estipula el alcance de la prestación. Esto más allá de la libre circulación y de que no se podrá realizar atención al público, lo cual deviene ambiguo e impreciso”.

A tales efectos dieron a conocer que cursaron a la Jefatura de Gabinete una nota en agradecimiento por la medida y a la vez solicitando la elaboración de una reglamentación o un protocolo más preciso. “De hecho, existen divergencias entre el texto de la referida Decisión Administrativa y el del formulario oficial que debe tramitarse para la libre circulación, este último acotado al ramo automotores”, precisaron.

Acuerdo previo

En este sentido, desde AALPS resaltan la necesidad de un acuerdo previo entre la Jefatura de Gabinete y las cámaras que nuclean a las aseguradoras del mercado. “Esto a los efectos de definir con mayor claridad los alcances y las limitaciones de la intervención a la que se faculta al perito liquidador. También para convenir, con un criterio unificado, las pautas bajo las cuales se otorgaría el carácter de excepción a determinados siniestros cuya inspección ocular resulte imprescindible”, agregaron.

Para la Asociación “deberían incluirse aquellos siniestros cuya complejidad técnica, entidad económica y/o trascendencia mediática, requieran de un análisis de mayor profundidad que sólo podría instrumentarse con la presencia física in situ del profesional matriculado. Por lo tanto, tomando contacto directo con el asegurado o su representante”.

Por lo tanto, concluyeron desde AALPS, “proponemos que, una vez consensuado el procedimiento con el organismo rector, sean nuestras mandantes las aseguradoras las que procedan a una designación formal del profesional interviniente. Esto con la obvia instrucción del estricto cumplimiento de las normativas de seguridad y profilaxis que son de dominio público”.